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AREAS DE PRACTICA

La firma Vazquez & Servi, P.C. tramita toda clase de casos referentes a inmigración, incluyendo asistencia en lo siguiente:

INMIGRACION COMERCIAL / LABORAL

¿Cómo se puede inmigrar a los Estados Unidos a través de una visa de inmigración laboral?

  • Las Visas de inmigración para trabajadores (Permanente)

Por medio de una visa laboral de inmigración, un empleador estadounidense puede patrocinar la residencia permanente para un empleado nacido en el extranjero. Generalmente, el empleador debe demostrar al Departamento del Trabajo que no hay trabajadores estadounidenses calificados ni disponibles para realizar dicho trabajo. La inmigración laboral esta limitada por ley a 140,000 personas por año. En la mayoría de los casos, antes de que el US Citizenship and Immigration Services (USCIS, Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU) emita una visa de trabajo a un extranjero, el empleador debe obtener una "certificación laboral" del Departamento del Trabajo de los EEUU en la que se compruebe que no hay trabadores estadounidenses capacitados, calificados, ni dispuestos a ejecutar el trabajo que dicho extranjero realizaría. Además, el Departamento del Trabajo también deberá comprobar que el contratar a dicho extranjero no perjudicará adversamente los sueldos ni las condiciones de trabajo de los empleados en los EEUU.

    • Estos inmigrantes se convierten en residentes permanentes. Pueden obtener "green cards" y el derecho de vivir y trabajar indefinidamente en los Estados Unidos, mientras no cometan ningún delito que los convierta en deportables.

    • Los inmigrantes por trabajo son generalmente patrocinados por un empleador estadounidense en base a una necesidad comprobada. Ciertos inmigrantes por trabajo pueden peticionarse a si mismos si cumplen con los requisitos establecidos por la ley por criterio de poseer una "habilidad extraordinaria" en su campo, o si su ingreso al país es de "interés nacional".

    • o Hay protecciones para los trabajadores estadounidenses inherentes en el sistema. La mayoría de los casos de inmigración laboral requieren una certificación del Departamento del Trabajo que establezca que no hay trabajadores estadounidenses capacitados, calificados, ni disponibles para tomar el puesto ofrecido al extranjero y que la entrada del inmigrante no afectará negativamente los sueldos ni las condiciones de trabajo de los empleados estadounidenses en situaciones similares. Sólo están exentos de estos requisitos aquellos que pertenezcan a una de las siguientes categorías: individuos que sean sobresalientes o extraordinarios en su campo; individuos cuya presencia es de interés nacional; y ejecutivos o gerentes de compañías multinacionales.

    • Hay cinco clases básicas de visas inmigratorias de trabajo, en orden de prioridad de acuerdo a la necesidad de los empleadores y la economía estadounidense, según lo establece el Congreso. Todas las categorías tienen límites anuales y límites por país.

Haga clic aquí para obtener más información sobre las preferencias de las visas inmigrantes de trabajo. 

  • Las Visas no inmigratorias (Temporarias)

Existen más de 20 clases de nombres y tipos diferentes de visas no inmigratorias. Muchas de estas visas le permiten trabajar en los Estados Unidos. Para leer más acerca de estas clases de visas haga clic aquí.

Por favor haga clic aquí para ver respuestas a las preguntas más frecuentes.

Por favor haga clic aquí para obtener más detalles sobre cualquiera de estas visas  

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INMIGRACION FAMILIAR

¿Cómo se puede venir a los Estados Unidos como inmigrante a través de una inmigración familiar?  

A través de la inmigración familiar, un ciudadano Norteamericano o un residente legal permanente puede patrocinar a un familiar cercano con el fin de obtener una residencia permanente. Un ciudadano estadounidense puede patrocinar a su esposo o esposa, padres (si el patrocinador es mayor de 21 años), hijos, hermanos y hermanas. Un residente legal permanente puede patrocinar a su esposo o esposa, hijos menores de edad, e hijos adultos que sean solteros.

Existe un máximo número de visas inmigratorias disponibles para inmigrantes que no son familiares directos de ciudadanos estadounidenses. Es por eso que hay largos periodos de espera para obtener una visa en la mayoría de las categorías de inmigración familiar.
No existe un número máximo de visas para dejar entrar a los familiares directos (cónyuges, hijos menores solteros, y padres) de ciudadanos estadounidenses a los Estados Unidos como inmigrantes. No obstante, se resta el número de familiares directos al máximo de 480,000 casos permitidos anualmente por inmigración familiar para determinar el número de otras visas inmigratorias de familia que serán admitidas para el próximo año (con un máximo de 226,000 personas).

Los ciudadanos norteamericanos (de 21 años de edad o mayores, pero menores de 21 si están casados) pueden someter una petición inmigratoria para su:

  • Cónyuge (no hay restricción en el número de visas)
  • Hijos menores solteros (no hay restricción en el número de visas ) y
  • Padres (no hay restricción en el número de visas)
  • Hijos/hijas adultos solteros (23,400 visas por año)
  • Hijos/hijas casados (23,400 visas por año)
  • Hermanos y hermanas (65,000 por año)

Los residentes legales permanentes pueden patrocinar una petición inmigratoria para su:

  • Cónyuge y para sus hijos menores solteros (87,900 por año)
  • Hijos adultos solteros (23,600 por año)

Para ver el boletín con las fechas actuales de prioridad para las visas inmigratorias haga clic aquí:

http://travel.state.gov/visa/frvi/bulletin/bulletin_1360.html

Otros beneficios:

Un estado "V" o una Visa "V"

El estado V o la visa y estado V están disponibles para los esposos e hijos de los residentes legales permanentes (LPR) si:

  • Una I-130 fue peticionada por el LPR cónyuge/padre el 20 de diciembre o antes y
  • La fecha de prioridad no es actual

Las Visas K-1

La visa K-1 está disponible para aquellas personas que estén comprometidas para casarse con un ciudadano o una ciudadana estadounidense y que deseen venir a los Estados Unidos para casarse con su futuro esposo/a dentro de un máximo de 90 días de la fecha de ingreso al país. Las Visas K-2 están disponibles para los hijos de la visa K-1 que vengan a acompañarlos o a encontrarlos.

El Acta de Protección del Estado Legal del Niño (The Child Status Protection Act) CSPA
En el CSPA, el hijo/a de un ciudadano Americano que es el beneficiario de una petición hecha a su favor antes de que cumpla los 21 años de edad puede continuar siendo considerado niño/a para propósitos inmigratorios durante el tiempo que el caso esté pendiente.

Si un residente permanente legal pide una solicitud I-130 para un hijo antes de que éste haya cumplido los 21 años de edad, la edad del niño/a será determinada usando la siguiente ecuación:

La edad del niño adulto para propósitos inmigratorios = (La edad del niño adulto en la fecha que la fecha de prioridad en la aplicación I-130 se hizo actual) - (el número de días que la solicitud I-130 estuvo pendiente)

Sin embargo, el niño/a deberá solicitar el estado de residente legal permanente dentro del año a partir del momento en éste le sea disponible. El CSPA también se atribuye de la misma manera a los beneficiarios derivados por una petición laboral y familiar. El CSPA también se aplica a los casos de la visa "V" y al estado "V" y los niños adultos mantienen la edad requerida para propósitos del estado V.

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