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DEFENSA CONTRA LA DEPORTACIÓN

Hemos defendido clientes contra la deportación desde 1996.Casos típicos en la corte de inmigración incluyen fianzas, cancelación de deportación de indocumentados (EOIR-42B), solicitud de discreción fiscal, cancelación de deportación de residentes permanentes (EOIR-42A), ajuste de estatus, perdones de condenas penales o violaciones de la ley de inmigración, estatus protegido temporal (TPS, I-821), alivio para personas de Centroamérica (NACARA, I-881), ordenes de salida voluntaria, peticiones para re-abrir una orden anterior de deportación, perdones bajo INA 212 (c), apelaciones a la departamento de apelaciones de inmigración (BIA) y otros tipos de perdones (I-601 y I-212).

ELIMINACION DE CONDICIONES

Residentes quienes tienen condiciones de residencia pueden aplicar para “remover las condiciones” de su estatus 90 días antes de que se les venza sus tarjetas de residencia condicional. Típicamente, este proceso requiere la firma del esposo/a quien le pidió al residente, pero hay excepciones cuando una pareja se ha separado y la aplicación puede ser entregada más pronto. Nuestra oficina toma este tipo de caso, ambos cuando la pareja permanece unida y cuando la pareja se ha divorciado.

DOMA Y LA INMIGRACIÓN PARA PAREJAS DEL MISMO GÉNERO

Una decisión reciente de la Corte Suprema ha dado beneficios a parejas del mismo genero. Cuando una pareja del mismo genero se casa, el esposo/a que es ciudadano Americano u residente permanente legal puede aplicar para beneficios de inmigración para su pareja de país extranjero. La aplicación se puede transmitir auque la pareja se mueva del estado que reconoce el matrimonio de pareja mismo genero. ¡Tengan orgullo!

NATURALIZACIÓN Y CIUDADANÍA (N-400, N-600)

Típicamente, residentes permanentes pueden aplicar para la naturalización 90 días antes del quinto aniversario del día que se convirtieron a residentes permanentes. Si el solicitante está casado con un ciudadano de Estados Unidos, puede aplicar 90 días antes del tercer aniversario. Existen excepciones para personas que obtuvieron su residencia por la ley de ajuste cubano (Cuban Adjustment Act), por asilo o estatus de refugiado, por leyes especiales que son aplicadas a viudos/as de ciudadanos de Estados Unidos, y para los que obtuvieron su estatus a través de un matrimonio abusivo con un ciudadano de Estados Unidos. ¡Cuidado! Residentes permanentes quienes tienen condenas penales, aunque sean delitos menores, quizás no califican para la naturalización y hasta lo pueden deportar. Antes de aplicar para la naturalización, consulte con nuestros abogados para evaluar su historial penal y cualquier problema que se pudiera encontrar en el proceso de aplicar por la ciudadanía.

REVISO DE HISTORIAL PENAL E INMIGRATORIO 

Mucha gente comienza su caso de inmigración sin entender las consecuencias de su historial penal o inmigratorio, lo cual puede resultar en el inicio del proceso de deportación. Nosotros podemos revisar sus récords penales e inmigratorios para evaluar las consecuencias de tales incidentes en su futuro caso de inmigración en obtener la residencia permanente, naturalización, y otros beneficios.

VÍCTIMAS DE VIOLENCIA

Existen maneras de obtener un estatus legal con un permiso de trabajo para ciertas víctimas de crímenes violentos (visa U o estatus U) y para su familia inmediata. Adicionalmente, esposos/as e hijos de residentes permanentes o ciudadanos de Estados Unidos que son mentalmente o físicamente abusivos también pueden calificar para un estatus legal (VAWA).

ALIVIO PARA PERSONAS DE CENTROAMÉRICA (NACARA, I-881)

No hay plazo límite para los ciudadanos de El Salvador o Guatemala. Para calificar, el solicitante principal tiene que haber entrado a los Estados Unidos antes de cierta fecha (salvadoreños antes del 19 de septiembre del 1990 y guatemaltecos antes del primero de octubre del 1990) y hay que comprobar presencia física dentro de los Estados Unidos, buen carácter moral y otros requisitos técnicos. Algunos esposos e hijos del solicitante principal pueden aplicar como derivados, quienes no tendrían que cumplir con los mismos requisitos.

RESIDENCIA PERMANENTE/PROCESO CONSULAR​

Peticiones familiares (I-130), proceso consular (DS-230 o DS 260) y perdones dentro del país (I-601A). Nuestra oficina tiene gran experiencia con casos de peticiones familiares con perdones. Nos consideramos una “oficina de perdones.”

Residencia Permanente Dentro de los Estados Unidos. Peticiones familiares (I-130), ajuste de estatus (I-485) dentro de los Estados Unidos y residencia condicional (I-751). Algunos clientes pueden aplicar para el ajuste de estatus (conseguir tarjeta de residencia) dentro de los Estados Unidos, típicamente porque entraron a los Estados Unidos con permiso o porque alguien entrego una petición anteriormente para esa persona (INA 245 (i)). La persona puede usar la petición que fue entregada anteriormente para obtener estatus legal a través de una petición nueva, como a través de un matrimonio reciente con un ciudadano de Estados Unidos o un residente permanente. También existen otras posibilidades para obtener estatus legal dentro de los Estados Unidos.

ACCIÓN DIFERIDA PARA LOS LLEGADOS EN LA INFANCIA (DACA, I-821D)

La acción diferida es una opción para ciertas personas quienes tienen por lo menos 15 años (o hasta más jóvenes si están en proceso de deportación), tenían menos de 31 años el 15 de junio del 2012, entraron a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años, han permanecido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio del 2007, y no tienen ciertas condenas penales. Adicionalmente, la persona debe tener un diploma o GED o haber prestado servicio en las fuerzas armadas de los Estados Unidos. A muchos de nuestros clientes solamente les hace falta el requerimiento de educación. En estos casos, al inscribirse en un programa de GED o equivalente, estos clientes han podido aplicar para la acción diferida y han recibido autorización para trabajar.

ESTATUS DE PROTECCION TEMPORAL (TPS, I-821)

 Personas quienes actualmente tienen TPS necesitan volver a registrarse cada 18 meses. Los que han tenido TPS en el pasado, pero por cualquier razón lo perdieron o se lo negaron, pueden intentar renovar o re-aplicar para TPS si están en proceso de deportación. Es importante consultar con un abogado antes de registrarse otra vez para TPS. Esto es especialmente importante para personas quienes han sido condenadas de cualquier tipo de ofensa penal, hasta delitos menores. Ofensas por las cuales la persona no tuvo que ir a la cárcel pueden afectar la aplicación de TPS. Nuestra oficina también hace aplicaciones para permisos especiales para viajar bajo TPS. Le hemos ayudado a muchas personas con TPS a aplicar para la residencia permanente dentro de los Estados Unidos quienes se han casado con ciudadanos de Estados Unidos.

La información proveída por este medio es de carácter general y no constituye ni sustituye una consulta formal con un abogado. Cualquier intercambio de información por este medio no establece una relación de abogado y cliente.

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