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PROPUESTA DE LEY: RESIDENCIA PARA PERSONAS CON TPS

Posted by Barbara Vazquez | Nov 01, 2017 | 0 Comments

El martes, 31 de octubre, una propuesta de ley fue introducida de forma bipartidista para proveerles una avenida a la residencia permanente a personas de Haití, Nicaragua, El Salvador y Honduras quienes están protegidos bajo el programa de estatus de protección temporal (“TPS”, por sus siglas en ingles).

La propuesta de ley ha sido titulada “Extendiendo Protección de Estatus para Refugiados Elegibles con Residencia Establecida 2017” (“ESPERER”, por sus siglas en ingles). Conforme a la propuesta, personas nativas de Haití, Nicaragua, El Salvador y Honduras tendrán que demonstrar que cumplen con los siguientes requisitos:

  • Estar protegidos bajo el TPS desde el 13 de enero del 2011;

  • Presencia física en EE. UU., el 12 de enero del 2011;

  • Presencia física de por lo menos un año y estar físicamente presente en EE. UU. en el momento de introducir la solicitud para el ajuste de estatus a residente permanente;

  • No ser considerado inadmisible o removible de EE. UU. bajo ciertas provisiones de la ley de inmigración que incluyen delitos de bajeza moral, ser considerado una carga publica para los estados unidos, haber ayudado o inducido a alguien entrar de manera indocumentada a EE. UU., entre otras.

Si llegase a aprobarse esta propuesta de ley, personas elegibles serán instruidas a aplicar para el ajuste de estatus antes del 1ro de enero del 2021. Tal como está escrita la propuesta de ley, no obstante, a que exista una orden de deportación, personas quienes cumplan con los requisitos podrán aplicar para el ajuste de estatus sin necesidad de pedir la reapertura de su caso con el juez de inmigración. Personas con orden deportación podrán solicitar un paro de la deportación en base a la solicitud de ajuste de estatus.

La propuesta de ley extiende el beneficio a conyugues, hijos menores de 21 años solteros, y a hijos mayores de 21 años solteros, siempre y cuando el beneficiario este físicamente presente en EE. UU. en el momento de archivar su solicitud y no sea considerado inadmisible. Los hijos mayores de 21 años solteros tendrán que comprobar que han estado por lo menos un año físicamente presente en EE. UU. previo a la solicitud.

Recuerden que, por el momento, esto es solo una propuesta de ley. No hay forma de acogerse a este beneficio hasta que el Congreso apruebe la medida y esta se convierta en ley.

About the Author

Barbara Vazquez

Barbara Vazquez is the founding principal in Vazquez & Servi, P.C. She is a graduate of Georgia State University College of Law, a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA), a member and former secretary of the Georgia Hispanic Bar Association and, The State Bar of Georgia. At...

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