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ACTUALIZACION SOBRE CARGA PUBLICA

Posted by Barbara Vazquez | Oct 06, 2020 | 0 Comments

El 11 de septiembre de 2020, el Tribunal Federal de Apelaciones para el Segundo Circuito levanto un interdicto que anteriormente fue impuesto el 29 de julio de 2020 por una corte federal en Nueva York que prohibió a la Administración Trump ejecutar la regulación federal del 24 de febrero del 2020 que trata sobre la inadmisibilidad por carga pública.

Durante el periodo que estuvo en vigor el interdicto contra el gobierno federal, el Departamento de Seguridad Nacional (“DHS”, por sus siglas en inglés) acepto solicitudes para ajuste de estatus, formulario I-485, sin requerir la entrega del formulario I-944 – Declaración de Autosuficiencia y evidencias que ahora la nueva regla federal exige. El gobierno ahora tiene luz verde para hacer cumplir los requisitos de la regulación federal que tomo efecto el 24 de febrero del 2020, y nuevamente empezara a requerir el formulario y las evidencias de autosuficiencia de personas que solicitan la residencia permanente.

El 22 de septiembre, USCIS actualizo su página web y oficialmente notifica al público que personas que entregaron o entreguen su solicitud de ajuste de estatus, formulario I-485, antes del 13 de octubre sin el formulario I-944, Declaración de Autosuficiencia serán enviados un pedido para que cumplan con la nueva regla federal y entreguen el formulario y las evidencias requeridas. Solicitudes para ajuste de estatus entregadas después del 13 de octubre que no contengan el formulario I-944 y las evidencia requeridas serán rechazadas.

Todo solicitante para la residencia permanente basado en una relación familiar (conyugues, hijos, padres, hermanos) y personas quienes cuentan con la residencia permanente y han estado ausente por más de 180 días continuos de EE. UU., serán sujetos a la regla federal de inadmisibilidad por carga pública. Personas en esta situación tendrán que demonstrar que no se convertirán en carga publica en cualquier momento en un futuro después de adquirir la residencia o después de ser readmitido como residente permanente si han estado fuera de EE. UU. por más de 180 días continuos.

En la evaluación de inadmisibilidad por carga publica, el gobierno considerara factores como bajo ingreso, falta de cualificaciones, edad, salud, tamaño de familia, recursos económicos, discapacidad, y baja educación, entre otros y aplicara la prueba de “totalidad de las circunstancias”.

La regla federal que trata sobre carga publica considera como un factor negativo el tener menos de 18 años y más de 61. El estar entre los 18 y 61 es considerado un factor positivo bajo el análisis de la “totalidad de las circunstancias”. El tener autorización de empleo, pero no estar trabajando y tampoco estar estudiando tiempo completo, o el no tener un historial de empleo o perspectivas de empleo en un futuro es un factor negativo a no sea que la persona no trabaje aun teniendo autorización de empleo porque la persona esta al cuidado de un niño, o una persona mayor quien este enfermo o tenga alguna discapacidad.

El recibo de Medicaid por inmigrantes menores de 21 años y por mujeres embarazadas durante el embarazo y por 60 días después de dar a luz no es considerado en la determinación de carga pública. Tampoco es considerado en la determinación de inadmisibilidad por carga publica el recibo de beneficios como el WIC, Medicare, alivio monetario de emergencia en caso de un desastre natural, programa nacional de almuerzo y desayuno escolar, Head Start, CHIP, asistencia de medicamentos para personas con SIDA, Affordable Care Act (ACA), Earned Income Credit (EITC), y programas estatales que no son de asistencia general monetaria.

La nueva regla federal aplica prospectivamente y considerar el recibo de beneficios públicos recibidos después del 24 de febrero 2020. También, solamente beneficios públicos recibidos por el solicitante para la residencia permanente y no beneficios públicos recibidos por un padre para sus hijos ciudadanos son considerados en la determinación de inadmisibilidad por carga pública.

El recibo de los siguientes beneficios por el solicitante a la residencia permanente es considerado en la evaluación de inadmisibilidad por carga publica: SSI, TANF (Asistencia para familias necesitadas), estampillas de alimentación (SNAP) programa de subsidios monetarios estatal, local o de asistencia general, subsidios de vivienda (sección 8), asistencia para cuidado en una institución de largo tiempo, algunos tipos de Medicaid.

Personas exentas a la aplicación de la regla de inadmisibilidad por carga publica al momento de solicitar el ajuste de estatus son, refugiados, asilados, beneficiarios bajo la ley de ajuste cubano, beneficiarios bajo la ley VAWA, beneficiarios de estatus especial para jóvenes inmigrantes (“SIJS”, por sus siglas en ingles) y beneficiarios bajo el estatuto de visa o estatus U o T. Solicitantes de DACA o TPS también son exentos. Esta lista no es exhaustiva.

Aviso Legal: La información que los lectores reciben por este medio es de carácter general y no substituye una consulta formal con un abogado que se especialice en la materia de inmigración.

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About the Author

Barbara Vazquez

Barbara Vazquez is the founding principal in Vazquez & Servi, P.C. She is a graduate of Georgia State University College of Law, a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA), a member and former secretary of the Georgia Hispanic Bar Association and, The State Bar of Georgia. At...

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