EL SALVADOR
Personas quienes tienen que salir del país para finiquitar su tramite para la residencia permanente en la embajada americana de El Salvador se pueden enfrentar con demoras en conseguir una cita para el examen médico. En estos momentos parece ser que las citas para el examen médico requerido por el gobierno estadounidense en casos de personas solicitando la residencia permanente están disponibles hasta después de la fecha de la entrevista en la embajada. Un ejemplo es un caso que tuvimos recién donde se logró una cita en la embajada para el 30 de agosto, pero la cita para el examen médico no estuvo disponible hasta el 28 de septiembre.
Esto significa que al salir para la entrevista con una fecha para el examen médico posterior a la cita de la entrevista en la embajada, el solicitante para la residencia no podrá regresar hasta que la embajada reciba los resultados del examen médico y termine el proceso para la documentación de la visa de inmigrante.
HONDURAS
La situación para personas solicitando la residencia por medio del proceso consular en la embajada americana en Honduras es un poco mas estricta. Por ejemplo, para que el solicitante reciba una entrevista en la embajada, la embajada está requiriendo que el solicitante ya este físicamente en Honduras. Aunque las citas para el examen médico requerido estén disponibles, en muchos casos, los resultados del examen médico no están llegando a tiempo para la fecha de la entrevista programada en la embajada. Como consecuencia, el solicitante entonces debe esperar mas tiempo en Honduras para que el proceso sea finiquitado y su visa de inmigrante sea otorgada.
Al haber algún cambio en cuanto al proceso en las respectivas embajadas, nos comprometemos a proveerle información actualizada.
REQUISITO DE VACUNACION CONTRA EL COVID-19
Comenzando el 1 de octubre 2021, personas solicitando visas de inmigrantes (residencia permanente) entre otros, tendrán que recibir la serie completa de vacunación contra el COVID-19. Personas ya completamente vacunadas tendrán que presentar comprobante de vacunación al médico encargado de administrar el examen médico requerido para inmigración. El no haber recibido la serie completa de vacunación resultara en ser considerado inadmisible a EE. UU.
Exenciones Generales
El gobierno estadounidense concede exenciones generales al requisito de vacunación contra el COVID-19 en casos donde:
- La edad de la persona no es apropiada para recibir la vacuna;
- Existe una contraindicación a la vacuna como por ejemplo el haber tenido una reacción alérgica a la primera dosis;
- La vacuna no está disponible el país de donde inmigrara la persona.
Exención Solicitada
En casos donde no exista un factor que permita una exención general, el solicitante para la visa de inmigrante entre otros podrá presentar un pedido para una exención a USCIS. El pedido de la exención se hace usando el formulario I-601 y conforme al Manual de Políticas de USCIS, tiene varios requisitos. USCIS tomara una decisión sobre el pedido de la exención y no el medico quien administrara el examen médico requerido para inmigración.
Para solicitar una exención de la vacunación contra el COVID-19, la persona deberá demostrar que solicita la exención en base a alguno de las siguientes razones:
- Objeción religiosa
- Objeción por convicción moral
Una vez entregado el pedido de exención, el solicitante debe esperar la decisión de USCIS. Si la solicitud de exención no es aprobada, la persona será considerada inadmisible a EE. UU. La persona tiene la carga de la prueba en casos de solicitar la exención y no puede simplemente tener una preferencia contra la vacuna. Por ejemplo, para solicitar la exención conforme al Manual de Políticas de USCIS, el solicitante debe demostrar:
- Una objeción religiosa o moral contra toda vacuna en cualquier forma, y no solo contra la del COVID-19.
- Que la objeción está basada en religión o convicción moral. En decidir la solicitud el gobierno balanceará las creencias religiosas del solicitante y el beneficio de la vacuna para la sociedad.
- Que su creencia o convicción moral es sincera, no simplemente una preferencia, y que el solicitante aplica su creencia o convicción moral consistentemente en su vida.
Aviso Legal: La información que los lectores reciben por este medio es de carácter general y no substituye una consulta formal con un abogado de inmigración. 678-303-0018 Vazquez & Servi, P.C., https://www.imlaw.us/blog
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