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CARGA PUBLICA: FIANZA

Posted by Barbara Vazquez | Feb 18, 2020

El 24 de febrero entra en vigor la nueva regulación sobre carga publica que aplicara en casos de ajuste de estatus a residente permanente (con algunas exenciones) y también en casos de cambio o extensión de estatus de no-inmigrante. En casos donde la única base de inadmisibilidad es por carga publica, el gobierno tiene la discreción de considerar otorgarle al solicitante la oportunidad de pagar una fianza de carga pública. Al pagar la fianza, el gobierno podría otorgar el beneficio.

Conforme a la regulación federal 8 CFR §213.1(b), el gobierno generalmente no ejercerá discreción en casos donde existen uno o más factores negativos que pesen contra el solicitante con respecto a carga pública. Estos factores son, por ejemplo, 1) el recibo de asistencia publica durante 12 meces dentro de un periodo agregado de 36 meces; 2) no ser estudiante a tiempo completo y estar autorizado a trabajar, pero no estar trabajando y carecer de un historial de empleo; 3) tener un problema de salud que requiere tratamiento medico extensivo y que puede interferir con el poder sostenerse por si mismo, asistir a la escuela o trabajar; entre otros. 8 CFR §212.22(c)(1). 

Cuando el gobierno federal primero anuncio los cambios a la regulación federal sobre carga publica en el 2019, la fianza mínima por carga publica era de $8,100.00. Bajo la regulación federal, la cantidad mínima de fianza es sujeta a cambios por la taza de inflación. Actualmente desde diciembre del 2019, el gobierno ajusto la cantidad mínima a $8,240.00 conforme al nivel de inflación. La cantidad de fianza impuesta por el gobierno no es sujeta a apelación.

En ejercer favorablemente la discreción y permitir que el solicitante someta una fianza para poder ser concedido la residencia, el gobierno le notificara al solicitante y a su representante legal la cantidad de la fianza y cualquier otra condición. Después de someter la documentación requerida con la cantidad de fianza exigida por el gobierno, el gobierno tomara una decisión y le informara al solicitante y su representante legal si la fianza fue aceptada. Mientras la fianza está en vigor, el solicitante tiene la obligación de notificarle al gobierno cualquier cambio de dirección dentro de 30 días del cambio de dirección.

La fianza puede ser cancelada en las siguientes situaciones: 1) el residente permanente se convierte en ciudadano estadounidense; 2) el residente permanente abandona permanentemente el país; 3) el residente permanente muere; 4) el residente permanente cumple 5 años con la residencia permanente.  La cancelación de la fianza debe ser pedida en un formulario designado por el Departamento de Seguridad Nacional.

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Barbara Vazquez

Barbara Vazquez is the founding principal in Vazquez & Servi, P.C. She is a graduate of Georgia State University College of Law, a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA), a member and former secretary of the Georgia Hispanic Bar Association and, The State Bar of Georgia. At...

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