INFORMACION SOBRE EL DICTAMEN DEL 29 DE JULIO
El 29 de julio un juez federal del Tribunal del Distrito de EE. UU. para el Distrito Sur de Nueva York sostuvo que mientras el país esté bajo la Proclamación Presidencial de Emergencia por el COVID-19 que fue anunciada el 13 de marzo por el presidente Trump, un interdicto estará en lugar prohibiendo la aplicación de la nueva regulación federal sobre carga pública. La nueva regulación federal considera, entre otros factores, que solicitantes a la residencia permanente quienes reciben asistencia pública como, por ejemplo, cupones de alimentación (Food Stamps), subsidios de vivienda, Medicaid (existen excepciones) entre otros, por 12 meces o más durante un periodo de 3 años, serán considerados una carga publica y inadmisibles a EE. UU. El interdicto prohíbe la aplicación de la nueva regulación y aplica en casos de ajuste de estatus presentados antes USCIS y casos de proceso consular presentados antes el Departamento de Estado.
Esto significa que mientras la Administración Trump considera si apelara la decisión o no, solicitantes para ajuste de estatus o proceso consular quienes sean sujetos a la nueva regulación federal de carga publica y quienes presentan su solicitud el 29 de julio y después de esa fecha, no tendrán el requisito adicional de presentar el documento I-944 o DS-5540 junto con su solicitud. Tampoco, tendrán que cumplir con los nuevos requisitos de la regulación federal sobre carga publica que tomo efecto el 24 de febrero del 2020.
El interdicto es temporal y puede ser apelado por la Administración Trump. Es posible que, si su solicitud no es adjudicada por USCIS antes de que el interdicto sea cancelado, Ud. nuevamente tendrá que cumplir con los requisitos de la nueva regulación sobre carga pública.
No obstante, al interdicto, se recomienda seguir reuniendo los documentos necesarios para cumplir con la nueva regulación federal sobre carga publica dado a que una vez sea levantado el interdicto, el gobierno puede volver a exigir esa documentación.
También, recordemos que la nueva regulación federal no cambio el estatuto migratorio que trata sobre carga pública. Bajo el estatuto, el gobierno seguirá considerando los factores de, 1) edad, 2) salud, 3) estatus familiar, 4) recursos económicos, y 5) educación y habilidades del solicitante para la residencia permanente. Los adjudicadores seguirán exigiendo evidencia de autosuficiencia del solicitante a la residencia permanente y seguirán considerando si en la totalidad de las circunstancias, el solicitante podría ser considerado una carga publica para el país.
Aquí le dejamos el enlace a la pagina oficial de USCIS con respecto a este tema. Los mantendremos informados.
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