Victimas Indirectas:
Algunas personas podrían calificar para aplicar al Estatus U como victimas indirectas de un delito de violencia cometido en EE. UU. contra un familiar si la victima directa del crimen es considerada incompetente, incapacitada o ha fallecido. Para propósito de calificar como víctima indirecta, la ley considera la relación familiar y la edad de la víctima directa cuando ocurrió el crimen. Es decir, la relación familiar tuvo que existir en el momento del crimen y la victima directa debió haber tenido menos de 21 años.
En casos donde la victima directa falleció por causa del crimen, o sea, fue víctima de homicidio, homicidio involuntario, o si la victima directa es considerada incompetente o ha quedado incapacitada por causa del crimen, los siguientes familiares podrían calificar para el Estatus U como victimas indirectas:
- Conyugues
- Hijos menores de 21 años solteros
- Padres, siempre y cuando la victima tenia menos de 21 anos
- Hermanos menores de 18 años, siempre y cuando la victima tenia menos de 21 anos
En casos donde la victima indirecta alega que la víctima es incompetente o esta incapacitada y por ende, no puede colaborar con las autoridades en la investigación del crimen, la victima indirecta tiene que comprobar que la víctima directa no puede ayudar a las autoridades en la investigación del crimen dado a la incompetencia o incapacidad de la víctima directa.
Para propósito de inmigración, un menor de edad es alguien quien tiene menos de 21 años. En casos donde la victima directa es menor de edad, si la victima pudo hablar con las autoridades sobre el crimen, el gobierno toma la posición que la víctima directa no es incompetente, no está incapacitada por la edad. Donde la victima directa es menor de 18 años, se debe argumentar que dado a la edad, la victima debe ser considerada legalmente incompetente para participar en la investigación del crimen. En tal caso, el gobierno no necesariamente aceptara el argumento simplemente porque la victima directa tenia menos de 18 anos en el momento del crimen. Por esto es importante proporcionar evidencias al gobierno que apoyen el argumento que el menor debe ser considerado incompetente o incapacitado.
En todo caso de Estatus U, la victima directa o indirecta debe comprobar que coopero con las autoridades en la investigación del crimen y que sufrió un daño físico o psicológico sustancial.
Victimas Indirectas de Ciudadanos Estadounidenses:
En casos donde la victima directa es ciudadano estadounidense, un familiar quien esta indocumentado podría ser elegible para aplicar al Estatus U como víctima indirecta siempre y cuando pueda comprobar que la víctima indirecta es incompetente o esta incapacitada. A veces se dan casos donde la victima directa es un niño estadounidense, y los padres fueron los que dieron parte a las autoridades y cooperaron en la investigación del crimen. En esa situación, es posible que los padres califiquen para el Estatus U.
Recordemos también que uno de los requisitos principales para poder aplicar al Estatus U es obtener una certificación de la orden publica donde sucedieron los hechos (Formulario I-918, Suplemento B). La certificación es algo que se pide directamente a la persona autorizada para firmar el documento dentro del departamento de policía, la fiscalía, un directamente de un juez.
Si la certificación es denegada, no se puede aplicar al Estatus U. También es importante tomar en cuenta que para solicitar y ser concedido una certificación, no es requerido que el agresor haya sido capturado y enjuiciado. Es suficiente que la víctima, directa o indirecta, haya ayudado en la investigación del crimen.
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