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ORDEN EJECUTIVA: HABLAMOS SOBRE LA ORDEN EJECUTIVA PARA TERMINAR CON LA CIUDADANIA POR DERECHO DE NACIMIENTO

Posted by Barbara Vazquez | Jan 22, 2025 | 0 Comments

La ciudadanía por derecho de nacimiento (“Birthright Citizenship”) está consagrada en la 14ª enmienda de la constitución de los Estados Unidos la cual es comúnmente conocida como la cláusula de ciudadanía. La 14ª enmienda deja claro que:

“Todas personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos, y sujetos a la jurisdicción del país, son ciudadanos de los Estados Unidos y del estado donde viven.”

El derecho de ciudadanía por nacimiento también es reconocida por el principio legal de jus soli (la ley de la tierra). Jus Soli significa que personas nacidas dentro del territorio son ciudadanas. Este principio esta firmemente consagrado en la 14ª enmienda de la constitución y en numerosos dictámenes de la Corte Suprema de la nación.

En 1898 la Corte Suprema de la nación en el caso de Wong Kim Ark v United States, 169 U.S. 649 (1898) afirmo que no obstante a la raza o el estatus migratorio de los padres, toda persona nacida en los Estados Unidos con la excepción de hijos de diplomáticos o hijos de miembros de ejércitos invasores, tienen todos los derechos que la ciudadanía estadounidense ofrece.

El presidente Trump no puede terminar con el derecho de ciudadanía por nacimiento simplemente con un plumazo, o más bien, con una orden ejecutiva. Los objetivos de esta orden ejecutiva están claros – animar la base para conseguir una ganancia política y causar suficiente ruido para que el tema llegue a la Corte Suprema de la nación. Es más, al poco tiempo de que Trump firmara la orden ejecutiva, el ACLU, LULAC, Make the Road New York y el New Hampshire Indonesian Community Support entablaron una demanda contra la Administración Trump en la Corte de Distrito para el Distrito de New Hampshire.

Comienzan los desafíos legales contra las ordenes ejecutivas de Trump, las cuales podrían ser detenidas por interdictos judiciales.

El presidente no tiene poder unilateral para enmendar la constitución. Para eso se necesita el voto de dos tercios de ambas, la Cámara de Representantes y el Senado y después tres cuartos de los estados deben aprobar la enmienda.

¿Qué dice la orden ejecutiva firmada por Trump?

La orden ejecutiva se enfoca en una interpretación de “sujetos a la jurisdicción del país” y dice que el privilegio de la ciudadanía estadounidense no se extiende automáticamente a personas nacidas en EE. UU. cuando: 1) la madre de la persona no está legalmente en el país y el padre no es ciudadano estadounidense o residente permanente en el momento del nacimiento de la persona, o 2) cuando la presencia en EE. UU. de la madre es legal pero temporal (como por ejemplo, pero no  limitado a cuando la persona está de visita en el país bajo el programa de Visa Waiver, o cuando está en el país con una visa de estudiante o de turista) y el padre no es ciudadano estadounidense o residente permanente en el momento del nacimiento de la persona.  

La orden ejecutiva también ordena como política que ningún departamento o agencia del gobierno estadounidense otorgue documentos que reconocen la ciudadanía estadounidense, o acepte documentos otorgados por gobiernos estatales, locales u otros gobiernos o autoridades que pretende reconocer la ciudadanía estadounidense de personas cuando: 1) la madre está presente en el país de manera indocumentada y el padre no es ciudadano o residente del país en el momento del nacimiento de la persona, o 2) cuando la presencia en EE. UU. de la madre es legal pero temporal y el padre no es ciudadano estadounidense o residente permanente en el momento del nacimiento de la persona.

El problema con esta interpretación de la 14ª enmienda con respecto a “sujetos a la jurisdicción del país” es que la Corte Suprema de nación en el caso de Yamataya v. Fisher, 189 U.S. 86, 101 (1903), dictamino que personas quienes entran a EE. UU. son en todos los aspectos sujetos a la jurisdicción del país aun estando en el país de manera indocumentada.

Otro punto importante pero no inmediatamente obvio es que si la Administración Trump esta firme en su interpretación de quienes son y no son “sujetos a la jurisdicción del país” entonces por consiguiente, personas quienes se encuentran en el país de manera indocumentada o en un estatus temporal no siendo sujetos a la jurisdicción de EE. UU., como lo ha declarado Trump en la orden ejecutiva, no deben ser sujetas a detención y deportación. El poder del gobierno federal en ejecutar la ley migratoria contra personas indocumentadas en el país está basado en que la ley reconoce que estas personas son sujetas a la jurisdicción del país.

¿A quienes aplica la orden ejecutiva?

La orden ejecutiva aplica prospectivamente solamente a personas nacidas después de 30 días de la fecha de la orden, o sea 30 días después del 20 de enero 2025.

Es probable que pronto la Corte de Distrito para el Distrito de New Hampshire imponga un interdicto contra la orden ejecutiva y se desate una larga batalla legal.

Aviso Importante: La información que reciben por este medio es de carácter general y no substituye una consulta formal con un abogado que se especialice en la materia de inmigración.

About the Author

Barbara Vazquez

Barbara Vazquez is the founding principal in Vazquez & Servi, P.C. She is a graduate of Georgia State University College of Law, a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA), a member and former secretary of the Georgia Hispanic Bar Association and, The State Bar of Georgia. At...

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