Contact US Today! 678-303-0018

BLOG

PERDÓN PROVISIONAL: Evite la separación familiar prolongada

Posted by Barbara Vazquez | Apr 14, 2020 | 0 Comments

Nadie desea estar separado de sus seres queridos, pero a veces no hay manera de evitar una separación familiar cuando se trata de un trámite migratorio. El calificar para un perdón provisional por presencia indocumentada podría ser un vehículo para evitar una separación familiar de larga duración o de un tiempo indefinido que puede ocasionar los castigos de 3 o 10 años bajo la ley de inmigración. 

¿Cuáles son los castigos por presencia indocumentada en EE. UU.? 

La ley de inmigración, con muy pocas excepciones, castiga la presencia indocumentada por más de 180 días, pero menos de un año y la presencia indocumentada por un año o más. El gobierno impone un castigo de 3 o 10 años respectivamente en casos de presencia indocumentada. 

¿Qué perdona el perdón provisional y quien debe solicitarlo?

El perdón provisional es muy limitado y perdona exclusivamente la presencia indocumentada en EE. UU. Este perdón debe ser solicitado por personas quienes desean aplicar a la residencia permanente, quienes tienen un padre o conyugue residente o ciudadano estadounidense, y quienes carecen de cualquier otra base de inadmisibilidad.  

¿Cómo me beneficia el perdón provisional?

El perdón provisional es un trámite que se lleva acabo dentro de EE. UU. antes de   que acudir a la entrevista para la residencia programada en la Embajada Americana en el país natal del beneficiario. Con un perdón provisionalmente aprobado, el beneficiario se ira con más tranquilidad sabiendo que si no ha mentido y no ha ocultado factores importantes durante el proceso, podría regresar a EE. UU. como residente permanente en poco tiempo. 

¿Cómo puedo saber si soy elegibles para el perdón provisional?

Una persona quien cuenta con una vía para legalizar su estatus migratorio, por ejemplo, en base a matrimonio con una persona residente o ciudadano estadounidense, podría ser elegible al perdón provisional. El perdón provisional por presencia indocumentada puede ser presentado en casos donde la persona acumulo más de 180 días, pero menos de un año o un año o más de presencia indocumentada en EE. UU. y carece de cualquier otra base de inadmisibilidad. 

En dado caso que exista cualquier otra base de inadmisibilidad, la persona no será elegible al perdón provisional y tendrá que tramitar no solo un perdón por presencia indocumentada, pero también por cualquier otra base de inadmisibilidad siempre y cuando la ley permita un perdón. No todas las bases de inadmisibilidad permiten un perdón. 

¿Qué otro requisito tendría que demostrar? 

Para calificar al perdón por presencia indocumentada, la persona tendrá que demostrar que le ocasiona un perjuicio extremo a su cónyuge o padre residente o ciudadano estadounidense si la persona no es otorgada el perdón y es castigado 3 o 10 años fuera del país.  Perjuicio extremo a los hijos ciudadanos estadounidense o residentes NO cuenta para propósito de ser elegible al perdón por presencia indocumentada. El nexo familiar es un requisito principal para elegibilidad al perdón. Si la persona no cuenta con un padre o cónyuge residente o ciudadano, entonces no será elegible al perdón por presencia indocumentada en EE. UU. 

¿Que es el castigo permanente de 10 años?

El castigo permanente aplica cuando una persona ha adquirido más de un año de presencia indocumentada en EE. UU. después del 1̊ de abril 1997 y sale del país y vuelve a entrar de manera indocumentada. En este caso, la ley le impone un castigo de 10 años por el cual no existe la posibilidad de aplicar a un perdón. Existen varias excepciones a la acumulación de presencia indocumentada. Le recomendamos una consulta con un abogado de inmigración quien pueda explorar si alguna excepción podría aplicar en su caso. 

¿Puedo cumplir mi castigo permanente de 10 años dentro de EE. UU.?

No, el castigo permanente de 10 años tiene que ser cumplido fuera del país. En el momento de querer ser considerado para emigrar como residente permanente, la persona tendrá que aplicar por un perdón y presentar evidencias que demuestran que cumplió con el tiempo de castigo fuera de EE. UU.

RESUMEN:

El perdón provisional por presencia indocumentada es un trámite laborioso y por lo general requiere de una evaluación completa del caso. Recuerden, que el nexo familiar es un requisito principal. Para aplicar al perdón provisional es necesario tener un cónyuge o padre residente o estadounidense.  Si Ud. piensa que podría calificar, estamos a su disposición. 

Vazquez & Servi, PC

678-303-0018

About the Author

Barbara Vazquez

Barbara Vazquez is the founding principal in Vazquez & Servi, P.C. She is a graduate of Georgia State University College of Law, a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA), a member and former secretary of the Georgia Hispanic Bar Association and, The State Bar of Georgia. At...

Comments

There are no comments for this post. Be the first and Add your Comment below.

Leave a Comment

La información proveída por este medio es de carácter general y no constituye ni sustituye una consulta formal con un abogado. Cualquier intercambio de información por este medio no establece una relación de abogado y cliente.

The information provided herein is general in nature and does not constitute nor substitute a formal consultation. Any exchange of information via this medium does not establish an attorney client relationship.

Menu