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PROGRAMA DE PAROLE HUMANITARIO PARA PERSONAS DE CUBA, HAITI Y NICARAGUA

Posted by Barbara Vazquez | Feb 01, 2023 | 0 Comments

Similar al programa de parole humanitario anunciado el 12 de octubre 2022 por la Administración Biden para los venezolanos, el 6 de enero del 2023, el gobierno recién también anuncio un programa de parole humanitario para los cubanos, haitianos y nicaragüenses quienes cumplan con ciertos requisitos. El programa de parole humanitario para las personas de estos países está basado en el programa de parole que el gobierno estadounidense implemento para el beneficio de los ciudadanos ucranianos llamado Unión por Ucrania.  La meta del programa es implementar un proceso ordenado y seguro y también para disminuir la cantidad de personas quienes intentan cruzar de manera indocumentada por la frontera sureña del país.

REQUISITOS DEL PATROCINADOR:

Para ser elegibles al proceso de parole humanitario, los solicitantes del beneficio deberán tener un patrocinador quien cuente con los siguientes requisitos:

  • El patrocinador debe ser ciudadano o deber tener nacionalidad de EE. UU., residente permanente, o debe contar con un estatus legal en EE. UU (TPS, por ejemplo), o estar beneficiado bajo DACA;
  • El patrocinador debe someterse a verificación e investigación biométrica y biográficas conforme a los requisitos de seguridad nacional y seguridad pública;
  • El patrocinador debe demonstrar que tiene suficientes recursos para recibir, mantener, y apoyar económicamente al beneficiario quien el patrocinador se ha comprometido a mantener durante el periodo de parole.

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS/SOLICITANTES DEL PAROLE:

  • El beneficiario debe estar fuera de EE. UU.;
  • Debe ser ciudadano de Cuba, Haití, o Nicaragua, o al no ser nativo de algún de estos países, debe ser un familiar inmediato de un solicitante principal quien tenga la nacionalidad requerida;
  • El beneficiario debe tener un patrocinador en EE. UU. quien haya llenado el formulario I-134A por el/ella y el patrocinador debe ser confirmado por USCIS después de pasar los chequeos de seguridad;
  • El beneficiario debe contar con un pasaporte vigente y valido para viajar en vuelo internacional, pero no debe tener visa;
  • El beneficiario debe pagar por su propio viaje a un puerto de entrada de EE. UU. y a su destino final;
  • Debe cumplir y pasar todos los chequeos de seguridad;
  • El beneficiario debe cumplir con todos los requisitos de vacunación y de salud publica;
  • Debe demonstrar que el ser otorgado el parole humanitario esta justificado en base a un beneficio publico significativo o en base a razones humanitarias de carácter urgente y que se merece que el gobierno estadounidense ejerce discreción favorable y le otorgue el beneficio;

NOTA:   Los ciudadanos de Cuba, Haití o Nicaragua quienes cuenten con residencia permanente o doble nacionalidad de cualquier otro país, o quien cuente con un estatus de refugiado en cualquier otro país, serán considerados inelegibles para el parole humanitario. Esta limitación no aplica a personas quienes son considerados familiares inmediatos y quienes viajaran con el beneficiario principal quien cuenta con todos los requisitos. Los familiares inmediatos para este proceso son conyugue, pareja bajo ley común, y/o hijos solteros y menores de 21 años. Los niños menores de 18 años quienes no estarán viajando acompañados de un padre o un guardián legal, no serán elegibles.

PROCESO PARA LOS BENEFICIARIOS/SOLICITANTES:

Una vez que el patrocinador sea confirmado por USCIS después de someter el formulario I-134A en línea por el sistema de myUSCIS, el beneficiario:

  1. Recibirá un correo electrónico de USCIS con instrucciones para crear una cuenta en línea con myUSCIS y los pasos a seguir para completar la solicitud;
  2. Someter un pedido por medio de la aplicación CBP One Mobile. Las instrucciones para este paso serán enviadas por medio de la cuenta creada en myUSCIS. En este paso el beneficiario deber               llenar la información biográfica y debe someter una foto;
  3. El beneficiario recibirá una notificación en su cuenta de myUSCIS si el CBP en su discreción le ha otorgado el beneficio de una autorización avanzada para viajar a un puerto de entrada de EE.    UU., y solicitar el beneficio discrecionalito de parole humanitario. La autorización avanzada para            viajar a EE. UU. es valida por 90 días. Dentro de este plazo, el beneficiario debe viajar al puerto de entrada de EE. UU. para solicitar el beneficio de parole humanitario.       

Al ser concedido el parole humanitario, por lo general el beneficio podría ser otorgado por un periodo de 2 años y el beneficiario podría solicitar un permiso de trabajo.

Personas no elegibles son:

  • quienes cuentan con una orden de remoción de EE. UU. en los últimos cinco años;
  • quienes, después de la fecha del anuncio por la Administración Biden (9 de enero 2023) cruzaron o intentan cruzar la frontera de EE. UU. sin autorización, o sea, ilegalmente;
  • quienes, después de la fecha del anuncio (9 de enero 2023), ingresaron a México o Panamá de manera irregular, o es residente permanente o ciudadano de otro país que no sea unos de los países designados para el beneficio, o quien disfruta actualmente de un estatus de refugiado de otro país;
  • quienes no han cumplido con el requisito de vacunas y otros requisitos de salud pública.

Aviso Legal: La información que los lectores reciben por este medio es de carácter general y no substituye una consulta formal con un abogado de inmigración.

Vazquez & Servi, P.C.  www.imlaw.us 678-303-0018

About the Author

Barbara Vazquez

Barbara Vazquez is the founding principal in Vazquez & Servi, P.C. She is a graduate of Georgia State University College of Law, a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA), a member and former secretary of the Georgia Hispanic Bar Association and, The State Bar of Georgia. At...

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