El proceso de remoción expedita fue creado en 1996 mediante los cambios a la ley de inmigración que ocurrieron en ese año. Con respecto al proceso de remoción expedita la ley les autoriza a los oficiales de inmigración deportar a personas quienes no cuentan con documentos migratorios para entrar legalmente al país, o quienes han cometido algún fraude o representación falsa en tratar de conseguir que el oficial de inmigración le permita entrar EE. UU.
Históricamente, el gobierno se limitaba a ejecutar la ley de remoción expedita contra personas quienes llegaban a EE. UU. por mar o cruzando la frontera por tierra, si erran interceptados dentro de 100 millas de la frontera, llevaban menos de 14 días en el país, y no erran admitidos o no se beneficiaban de un parole.
Durante la administración Trump, en julio del 2019, el expresidente firmo una orden ejecutiva expandiendo la red geográfica y el alcance distanciar del uso de remoción expedita. El exmandatario dirigió al Departamento de Seguridad Nacional (“DHS”, por sus siglas en inglés) ejecutar la ley de remoción expedita al máximo. Bajo Trump, la orden ejecutiva les otorgo el poder a los oficiales de inmigración de ordenar la remoción expedita contra cualquier individuo quien se encontrará de manera indocumentada en el interior de EE. UU. a más de 100 millas de una frontera terrestre y quien no pudiera comprobar presencia física por dos años previos a la aprehensión.
Recién, el 21 de marzo del 2022, el secretario del DHS anuncio en el Registro Federal la revocación de la orden ejecutiva de Trump que trata sobre la expansión de autorización del proceso de remoción expedita. El secretario razono que la revocación de la orden ejecutiva del 2019 es justificada por la necesidad del gobierno federal en priorizar el uso de recursos en apoyo a las metas de la seguridad fronteriza. También justifico la revocación de la orden ejecutiva dado a que la expansión de la autorización del proceso de remoción expedita ocasiona complexidades de operaciones e implementación que el gobierno no puede superar en estos momentos.
Unas de la criticas mayores del proceso de remoción expedita es el poder ilimitado otorgado a los oficiales de inmigración. Cuando un oficial de inmigración ejerza su autorización para ordenar la remoción expedita de una persona, el oficial toma esa decisión unilateralmente. Generalmente no hay un derecho a corte en tal situación.
Una remoción expedita ocasiona un castigo de 5 años de inadmisibilidad, el cual podría ser más y aun podría ser perpetuo dependiendo en el historial migratorio y/o penal de la persona.
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