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REGLA FINAL DEL DEPARTAMENTE DE SEGURIDAD NACIONAL SOBRE CARGA PUBLICA

Posted by Barbara Vazquez | Dec 05, 2022 | 0 Comments

La regla final de carga publica tomara efecto el 23 de diciembre del 2022, y aplicara solamente a solicitudes para la residencia permanente mataselladas con fecha del 23 de diciembre 2022 en adelante.

Si bien recordamos, durante la administración Trump hubo mucho litigio sobre los cambios a la regla de carga publica que esa administración quiso implementar. Bajo la administración Biden, la regla de carga publica implementada durante la administración Trump fue anulada y la regla de carga publica de 1999 fue reinstalada.

La regla de carga publica de 1999 es menos restrictiva ya que el enfoque principal en la evaluación de carga publica es en el Affidavit de Manutención (Formulario I-864). En la regla final que tomara efecto en diciembre del 2022, el gobierno anuncio que hará una revisión al formulario de ajuste de estatus (I-485) para incluir preguntas y obtener información del solicitante que corresponde a los factores que el gobierno considerara en la evaluación de carga pública.

Aun con el regreso a una regla de carga publica menos restrictiva, el gobierno seguirá aplicando la prueba de la “totalidad de las circunstancias” en determinar si prospectivamente el inmigrante se convertirá en una carga publica para EE. UU.

Los siguientes factores estatutarios serán considerados bajo la prueba de la “totalidad de las circunstancias” para determinar si prospectivamente “en cualquier momento” es probable que el inmigrante se convertirá en una carga publica para EE. UU.:

  • Edad
  • Salud
  • Estatus Familiar
  • Bienes, recursos y estatus financieros
  • Educación y habilidades

Una persona será considerada una carga publica solamente en casos donde la persona dependerá principalmente del gobierno para subsistencia o dependerá del gobierno para cuidado institucionalizado de largo plazo. 

Como diferencia notable y significativa también es la lista de beneficios públicos que bajo la regla de 1999 no son considerados en la evaluación de carga pública. Por ejemplo, bajo la regla de 1999, un inmigrante quien haya obtenido los siguientes beneficios por lo general, no debe ser considerado una carga publica:

  • Medicaid (con excepción a Medicaid para cuidados a largo plazo)
  • CHIP
  • SNAP (cupones de alimento)
  • WIC
  • Subsidios de vivienda (Sección 8)
  • Beneficios de seguro social por contribuciones/trabajo
  • Pensiones gubernamentales
  • Beneficios para veteranos
  • Beneficios relacionados a vacunas o exámenes para enfermedades contagiosas

Los beneficios considerados en la evaluación de carga publica bajo la regla de 1999 son generalmente beneficios monetarios para el mantenimiento de ingresos, como por ejemplo:

  • Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) (Beneficios de seguro social no por contribuciones/trabajo)
  • TANF (Asistencia Temporal para Familias Necesitadas)
  • Beneficios federales, estatales y locales que son principalmente para el mantenimiento de ingresos
  • Medicaid u otros programas para sostener al inmigrante en un centro de cuidados a largo plazo (asilo de ancianos o centro de salud mental)

Es importante notar que solamente beneficios públicos recibidos por el solicitante de la residencia permanente serán considerados. Beneficios recibidos por familiares elegibles no serán considerados en la evaluación de carga publica aun si el solicitante para la residencia permanente aplico para los beneficios en nombre del familiar o los familiares. Por ejemplo, un padre quien este aplicando para la residencia permanente quien aplique o haya aplicado para beneficios públicos para su hijo ciudadano estadounidense no será considerado una carga publica dado a que los beneficios no son para el solicitante de la residencia permanente.

Aviso Legal: La información que los lectores reciben por este medio es de carácter general y no substituye una consulta formal con un abogado de inmigración.

Vazquez & Servi, P.C.

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About the Author

Barbara Vazquez

Barbara Vazquez is the founding principal in Vazquez & Servi, P.C. She is a graduate of Georgia State University College of Law, a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA), a member and former secretary of the Georgia Hispanic Bar Association and, The State Bar of Georgia. At...

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