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RESIDENCIA PERMANENTE CONDICIONAL

Posted by Barbara Vazquez | Sep 08, 2020 | 13 Comments

RESIDENCIA PERMANENTE CONDICIONAL

Conforme a la ley de inmigración, en casos de residencia por matrimonio, una residencia condicional es otorgada cuando el momento de la aprobación para la residencia, la pareja lleva menos de 2 años de casados. Estas personas son considerados residentes permanentes condicionales. El propósito principal de esta ley es evitar matrimonios fraudulentos – donde la pareja contrae matrimonio simplemente para un beneficio migratorio, pero sin intención de consumar el matrimonio o vivir juntos como pareja.[1] En todo caso de residencia por matrimonio, ya sea con residente o ciudadano estadounidense, la pareja tiene la carga de la prueba de establecer que el matrimonio es un matrimonio valido y no para propósito de un beneficio migratorio.[2]

Un residente permanente condicional tiene todos los mismos derechos que una persona otorgada la residencia indefinida por 10 años. El residente permanente condicional puede trabajar en EE. UU., viajar fuera del país, y el tiempo como residente permanente condicional se suma al tiempo requerido de 3 o 5 años para ser elegible a la naturalización (ciudadanía estadounidense).[3] La única diferencia significativa entre un residente permanente condicional y una persona otorgada la residencia permanente indefinida es que el residente permanente condicional debe solicitar con USCIS la remoción de la condición dentro de un plazo de 90 días antes de cumplir el segundo aniversario como residente permanente condicional. Este tramite se hace por medio del formulario I-751 (Petition to Remove Conditions on Residence).[4]

El tramite para pedir la remoción de la condicional de la residencia y ser otorgado la residencia permanente indefinida, puede variar dependiendo en el estatus civil del solicitante en el momento del proceso o si existe abuso en la relación:

  1. Residente permanente condicional casado con el conyugue por medio de quien recibió la residencia permanente condicional: Si en el momento de solicitar la remoción de la residencia condicional el residente permanente condicional sigue casado con su conyugue, ambos deben firmar la petición para remover la condición de la residencia (Formulario I-751). En estos casos, dado que el propósito de la ley es evitar matrimonios fraudulentos, el gobierno puede exigir una segunda entrevista para evaluar la validez del matrimonio. Por lo tanto, la pareja debe presentarse juntos a la entrevista programada por USCIS.

Junto con la petición para remover la condición de la residencia se debe incluir evidencias que comprueben la validez del matrimonio como por ejemplo (lista no es exhaustiva):

  • Actas de nacimientos de hijos nacidos del matrimonio o de la relación;
  • Declaraciones de impuestos hechos juntos en categoría de casado;
  • Contrato de arrendamiento en ambos nombres;
  • Estados de cuentas bancarios por cuentas en común;
  • Estados de cuentas de gastos de hogar a nombres de ambos o que llegan a la dirección matrimonial;
  • Hipoteca de casa, u otras compras a nombre de ambos;
  • Tarjetas de crédito en común;
  • Cartas de personas quienes los conozcan como matrimonio desde que la residencia permanente condicional fue otorgada.
  1. Residente permanente condicional divorciado o viudo(a): En casos donde existe un divorcio finiquitado, o en casos donde ha fallecido el conyugue patrocinador, el residente permanente condicional puede entregar la solicitud para remover la condición de su residencia en cualquier momento. Esto significa que no es necesario esperar para entregar la solicitud I-751 dentro de 90 días del segundo aniversario de haber recibido el estatus de residente permanente condicional. De existir un divorcio o en caso de la muerte del conyugue patrocinador, el solicitante debe justificar el pedido de una exención del requisito de archivar la solicitud juntamente con quien era su conyugue demostrando que el matrimonio fue de buena fe, pero que ha terminado en divorcio, o por la muerte del conyugue quien lo patrocino.
  1. Residente permanente condicional víctima de agresión o crueldad extrema durante el matrimonio: Un residente permanente condicional puede solicitar la remoción de la condición de su residencia en cualquier momento tras haber sido victima de abuso durante el matrimonio o si un hijo ha también otorgado residencia permanente condicional sido víctima de abuso. No es necesario en estos casos que exista un divorcio finiquitado, pero si se requiere demostrar que el matrimonio fue de buena fe y no para esquivar la ley migratoria.
  1. Residente permanente sufrirá un perjuicio extremo en caso de la terminación de su estatus de residente: Si durante los dos años de residencia permanente condicional surgieron circunstancias que resultaron en dificultades extremas que le ocasionaran un perjuicio extremo al residente permanente condicional, su nuevo conyugue, un hijo o a la comunidad si el estatus de residente es terminado, el gobierno puede aprobar la solicitud para remover la condición de la residencia.

El fallo de solicitar la remoción de las condiciones o el no acudir a una entrevista programada para la adjudicación de la solicitud puede culminar en no solo la terminación de la residencia permanente condicional, pero también en que el individuo sea puesto en trámite de deportación. Un juez de inmigración solamente puede determinar si la decisión que tomó el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (“USCIS”, por sus siglas en ingles) en denegar la solicitud fueron validas y conforme a la ley.

Si usted fue otorgado la residencia permanente condicional, es importante conocer cuales son los tramites necesarios y los requisitos evidénciales para tener éxito en que USCIS apruebe su solicitud para la remoción de la condición de su residencia.

Vazquez & Servi, P.C., www.imlaw.us 678-303-0018

Aviso Legal: La información que los lectores reciben por este medio es de carácter general y no substituye una consulta formal con un abogado de inmigración.

[1] Immigration Marriage Fraud Amendments 1986

[2] Matter of Brantigan, 11 I&N Dec. 493 (BIA 1966)

[3] 8 CFR §216.1

[4] 8 CFR §216.4(a)(1)

About the Author

Barbara Vazquez

Barbara Vazquez is the founding principal in Vazquez & Servi, P.C. She is a graduate of Georgia State University College of Law, a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA), a member and former secretary of the Georgia Hispanic Bar Association and, The State Bar of Georgia. At...

Comments

Barbara Vazquez Reply

Posted Apr 09, 2021 at 09:36:53

Buenas tardes Sr. Pineda. Le recomendamos pedir una cita InfoPass con USCIS para pedir evidencia de su residencia. El hecho que su residencia este vencida no significa que usted no sigue siendo residente. Entendemos la necesidad de tener evidencias de su estatus migratorio al dia y por eso le recomendamos fijar una cita InfoPass con USCIS para que le puedan dar alguna constancia de extension. Puede encontrar informacion sobre el proceso en el enlace https://my.uscis.gov/es/appointment/v2 Si necesita ayuda de un abogado, por favor llamenos al 678-303-0018 para fijar una consulta. Gracias.

Guillermo Barboza Reply

Posted Jul 18, 2021 at 07:29:22

Sometí mi i75i para remoción de condiciones en mi residencia como casado con mi esposa pero luego me divorcié porque tuvimos muchas diferencias y pleitos resulta que el divorcio me salió un mes antes de mi entrevista, y me negaron mi caso por estar divorciado, mi pregunta es si puedo someter nuevamente la i751 ahora como divorciado a pesar que mi caso fue negado? Ya hace 10 días desde la negación

Barbara Vazquez Reply

Posted Jul 19, 2021 at 13:39:58

Buenos dias, se le recomienda una consulta formal con un abogado lo mas antes posible. Si es elegible, podria solicitar una exencion del requisito de mutuamente firmar la I-751 Es importante hacer el tramite cuanto antes para evitar una notificacion de comparecencia antes el tribunal de inmigracion en tramite de deportacion/remocion. Si le interesa consultar con una de nuestros abogados, por favor llamenos al 678-303-0018 para fijar una cita. Gracias.

Cesar Ramirez Reply

Posted Aug 16, 2021 at 06:45:19

Hola muy buenos días
Mi pregunta yo arreglé mi residencia por matrimonio pero cuando arreglé no tenía a un 2 años de casado con mi esposa y el día de la entrevista la oficial me dijo que antes que se vencieran mi residencia condicional
90 días antes tendría que aplicar para remover las condiciones pero mi tarjeta me llego por 10 año y no por 2 ya me comuniqué con mi abogada que me llevo el caso y dice que no se tiene que hacer nada y la verdad estoy confundido porque los 2 años se terminan en noviembre
Me podría orientar por favor

Barbara Vazquez Reply

Posted Aug 16, 2021 at 06:49:46

Muy buenos días. Usted requiere una segunda opinión y nosotros podemos proveerla tras una consulta formal con usted. Por favor comuníquese con nosotros al 678-303-0018 si desea fijar una cita con uno de nuestros abogados. Su tarjeta por 10 años tal vez fue producida erróneamente y en el momento de querer aplicar a la ciudadanía estadounidense podría tener problemas. Le recomendamos programar una consulta para una segunda opinión donde exploraremos más a fondo los detalles de su caso y le daremos una estrategia legal. 678-303-0018. Gracias.

Ángela Rivera Reply

Posted Nov 13, 2021 at 06:46:34

Buen día! Tengo la residencia temporal, recibí una carta de US me dieron una extensión de 24 meses, mi pregunta. Tengo una hija en colombia 24 años soltera la puedo pedir

Barbara Vazquez Reply

Posted Nov 15, 2021 at 08:37:37

Gracias por su pregunta. Un residente condicional puede hacer una petición familiar por un hijo siempre y cuando el hijo no este casado.

Erika Ryan Reply

Posted Jan 15, 2022 at 20:13:45

Hola buenas tardes me casé en el 2017 pero me otorgaron la Residencia en julio del 2018 y me ha llegado la primera carta por 18 meses y luego se venció ahora la segunda me llego por 21 meses pero no me indica que tengo la Residencia permanente ese tiempo me cuenta para pedir mi ciudad da ia o debo esperar la residencia permanente

Barbara Vazquez Reply

Posted Jan 23, 2022 at 11:34:29

Buenas tardes. Necesitamos mas informacion y tambien ver los documentos de los cuales usted se refiere. Si desea consultar con nosotros sobre su caso, por favor llamenos al 678-303-0018 para fijar una cita. Gracias.

Vivian Giraldo Reply

Posted Jan 24, 2022 at 05:06:48

Buenos días! Llegué al país con una tarjeta de residente condicional por medio de mi esposo, con el paso de los días me enteré que él me es infiel y quiere acabar el matrimonio ahora. Esto puede afectar el cambio de estatus?

Barbara Vazquez Reply

Posted Jan 24, 2022 at 08:15:42

Buenos dias y gracias por su pregunta. Si usted ya es residente condicional y ustedes se divorcian, entonces usted podra hacer un tramite para remover la condicion de su residencia aun no estando dentro del plazo de 90 dias antes de cumplir el segundo aniversario con su residencia condicional. Le recomendamos una consulta formal para determinar como podemos ayudarle a preservar el estatus de residente permanente. Si gusta consultar con uno de nuestros abogados, por favor comuniquese al 678-303-0018. Gracias.

Felix Reply

Posted Jun 11, 2023 at 15:58:33

Buenas Tardes….Ayer me llego la Residencia permanente por dos años…soy esposo de ciudaddana americana y comensamos el proceso de reclamacion con menos de dos años de casado pero al momento de mi entrada a estados unido ya teniamos mas de dos años,,,mi pregunta es ,,,abra un error en mi caso y si easi que debo hacer para que se rectifique, saludos espero su ayuda, Gracias.

Barbara Vazquez Reply

Posted Jun 13, 2023 at 05:13:30

Estimado Sr. Felix, usted nos indica que en el momento de su entrada a EE. UU. usted y su esposa ya habían cumplido 2 anos de casados. Lo que no sabemos es si cuando el gobierno estadounidense lo entrevisto y le aprobó la residencia usted y su esposa habían cumplido 2 anos de casado.
El gobierno otorga una residencia condicional cuando en el momento de la entrevista y aprobación de la residencia, la pareja lleva menos de dos anos de casados. Si en su caso usted y su esposa cumplieron 2 años de casados después de la entrevista y la aprobación de la residencia, entonces no hubo error en que el gobierno le otorgara una residencia condicional.
En casos donde el gobierno otorga una residencia condicional, es la responsabilidad del residente condicional pedir la remoción de la condición de su residencia. Usualmente este tramite se debe hacer dentro de los 90 días antes de que la residencia condicional se expire. Generalmente, si en el momento del trámite para remover la condición, la pareja sigue casada, la pareja debe hacer el tramite juntos. Si existe un divorcio o ha habido abuso en el matrimonio por parte del conyugue residente o ciudadano, el residente condicional hace su tramite sin contar con el conyugue. En caso de un divorcio, el trámite para remover la condición de la residencia se puede hacer inmediatamente tras el divorcio. En esos casos, el gobierno no exige que el residente permanente espere ha estar dentro de los 90 días antes de cumplir su segundo aniversario como residente condicional para hacer el trámite de remover la condición.

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