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TRUMP BUSCA LIMINTAR EL ACCESO AL ASILO

Posted by Barbara Vazquez | Jul 19, 2019 | 0 Comments

Bajo la ley de asilo de EE. UU., existen dos excepciones bajo las cuales una persona puede ser impedido pedir asilo político en EE. UU. Cuyas excepciones pueden ser aplicadas cuando la persona tiene alguna conexión a un tercer país. Las excepciones son: 1) Si la persona tiene una conexión a un “tercer país seguro” donde puede acogerse a un proceso completo y justo para determinar si es elegible a las protecciones de asilo de ese país, y EE. UU. tiene un acuerdo bilateral con el “tercer país seguro”; 2) Si antes de llegar a EE. UU. la persona se “reasento firmemente” en otro país. Es importante hacer notar que el único país con el cual EE. UU. tiene un acuerdo bilateral de “tercer país seguro” es Canadá.

Recién el 16 de Julio del 2019, la Administración Trump anuncio cambios interinos a las regulaciones federales que tratan sobre el trámite de asilo. Con excepciones muy limitadas, la enmienda a las regulaciones requiere que cualquier persona quien “entre, intente entrar, o llegue a EE. UU. por la frontera terrestre sur del país después del 16 de julio del 2019 y después de haber transitado por lo menos por un país fuera del país natal de la persona, o fuera del último país de residencia legal y habitual de la persona en ruta a EE. UU., será hallado inelegible para asilo.”  

Las excepciones que existen a esta nueva medida son, 1) Personas quienes puedan demonstrar que aplicaron para protección contra tortura y/o persecución en un tercer país y recibieron un dictamen final denegando el beneficio; 2) Personas quienes satisfacen la definición de “victima de trafico humano severo”; y 3) Cuando los únicos países por los cuales la persona transito antes de llegar a EE. UU. no son signatarios al trato de la Convención de Naciones Unidas de 1951 Relacionado a el Estatus de Refugiados, el Protocolo Relacionado al Estatus de Refugiados de 1967, o el trato de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura, el Trato Cruel e Inhumano, y Tratamiento o Castigo Degradante (“CAT”, por sus siglas en ingles).

¿Qué podemos esperar?

¡Litigación y más litigación! En estos momentos ya existen varias demandas en diferentes cortes federales en el país. Las agencias que han introducidos las demandas piden que la nueva regla sea declarada ilegal y que se imponga un interdicto al nivel nacional. Los demandantes basan sus argumentos en que al implementar esta nueva regulación repentinamente sin aviso previo como lo exige la Ley de Procesos Administrativos (“APA”, por sus siglas en inglés), la Administración Trump violo la ley. También exigen la declaración de ilegalidad de la nueva regla en base a que cuya enmienda a la regulación viola la ley constitucional.

Los mantendremos informados.

About the Author

Barbara Vazquez

Barbara Vazquez is the founding principal in Vazquez & Servi, P.C. She is a graduate of Georgia State University College of Law, a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA), a member and former secretary of the Georgia Hispanic Bar Association and, The State Bar of Georgia. At...

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