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USCIS PUBLICA INSTRUCCIONES PARA EL AJUSTE DE ESTATUS DE PERSONAS CON TPS QUIENES CUENTAN CON UNA ORDEN DE DEPORTACION O REMOCION

Posted by Barbara Vazquez | Apr 05, 2022 | 0 Comments

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) emitió un comunicado el 31 de marzo del 2022 con respecto a personas quienes son beneficiadas bajo el Estatus de Protección Temporal (TPS) y quienes cuentan con una orden de remoción o deportación y buscan ajustar su estatus con USCIS.[1]

Por muchos años previos a la administración Trump, era común que USCIS aceptara jurisdicción sobre las solicitudes de ajuste de estatus de personas con TPS quienes viajaron con permiso de reingreso anticipado (Advance Parole) no obstante a que contaban con una orden de deportación o remoción. Esta práctica cambio repentinamente bajo la administración Trump y dado que recién el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) ha llegado a un acuerdo estipulado en el caso de CARECEN v. Jaddou, USCIS ahora está obligado a retomar jurisdicción sobre estos casos.

El comunicado emitido el 31 de marzo del 2022 instruye a personas con TPS quienes cuentan con una orden de deportación o remoción y quienes viajaron con Advance Parole y:

  1. Tienen la intención de solicitar el ajuste de estatus; o
  1. Han presentado una solicitud de ajuste de estatus con USCIS; y
  1. La agencia les denegó el ajuste únicamente porque no tiene jurisdicción sobre la solicitud, o la solicitud fue denegada únicamente por falta de jurisdicción e inadmisibilidad (donde existe una exención, pero el solicitante no presento la solicitud de exención o la presento pero el gobierno no la adjudico):

Solicitar a la Oficina del Asesor Legal Principal (OPLA) una Moción Conjunta para Reabrir el caso y cancelar la orden de deportación. Una vez cancelada la orden de deportación o remoción por el juez de inmigración, entonces, USCIS provee las siguientes opciones para solicitar el ajuste de estatus:

  1. Presentar una nueva solicitud de ajuste de estatus, o
  1. Presentar una solicitud, I-290B, Notificación de Apelación o Moción, a USCIS para pedir reabrir la solicitud de ajuste de estatus que fue previamente denegada en base a falta de jurisdicción.

Usualmente, una solicitud I-290B, debe ser presentada dentro de 30 días después de que el gobierno toma una decisión adversa sobre una solicitud. En los casos de personas con TPS quienes presentaran una solicitud I-290B, para evitar que la solicitud sea rechazada por USCIS por ser presentada fuera de tiempo, USCIS instruye que se debe indicar “TPS Removal Order” claramente en la parte superior de primera página. La tarifa de la solicitud I-290B es $675.00.

USCIS advierte en su comunicado que personas quienes requieren asesoría legal sobre su caso de inmigración, deben acudir a “un abogado o un representante acreditado que trabaja para una organización reconocida por el Departamento de Justicia”. También advierte al público que “Los “notarios”, notarios públicos, consultores y empresas de inmigración no pueden darle asesoría legal sobre inmigración a menos que sean proveedores de servicio autorizado”.

Aviso Legal: La información que los lectores reciben por este medio es de carácter general y no substituye una consulta formal con un abogado de inmigración. 678-303-0018 Vazquez & Servi, P.C., https://www.imlaw.us/blog

[1] https://bit.ly/3x3ICBw

About the Author

Barbara Vazquez

Barbara Vazquez is the founding principal in Vazquez & Servi, P.C. She is a graduate of Georgia State University College of Law, a member of the American Immigration Lawyers Association (AILA), a member and former secretary of the Georgia Hispanic Bar Association and, The State Bar of Georgia. At...

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